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Conoces sobre: Programa Integral de Vivienda Efectiva (PIVE)... Entérate aquí!


PIVE bogotá

1. ¿Qué es el PIVE?

Es el nuevo programa de vivienda en arriendo con opción de compra de la actual alcaldia, dirigido a hogares vulnerables con ingresos menores a 2 salarios mínimos, víctimas del conflicto y miembros de minorías étnicas residentes en Bogotá. La sigla PIVE traduce Programa Integral de Vivienda Efectiva.


2. ¿Qué es el arriendo con opción de compra?

El arriendo con opción de compra, también conocido como leasing habitacional, es un instrumento financiero para el acceso a vivienda reconocido en la legislación colombiana. En el arriendo con opción de compra una entidad financiera autorizada por la Superintendencia Financiera adquiere una vivienda y se la arrienda a una persona por un plazo fijo (normalmente entre 15 y 20 años). El contrato típicamente establece una cuota inicial, las cuotas mensuales y una cuota final u opción de compra. Al finalizar el contrato el arrendatario tiene la posibilidad de adquirirla totalmente pagando la “opción de compra”, que puede variar entre el 0% y el 10% del valor inicial de la vivienda. Además de los pagos mensuales a la entidad financiera, el arrendatario es responsable por los pagos de servicios públicos, gastos de la copropiedad, e impuestos del inmueble (predial y valorizaciones).


3. ¿Cómo Funciona?

- Los beneficiarios del programa PIVE reciben la vivienda en corto tiempo.

- El Distrito cubre la cuota inicial y parte del canon mensual hasta por tres años.

- El hogar beneficiario asume el resto del canon mensual de arriendo equivalente aproximadamente a $150.000, los cuales se abonarán al valor de la vivienda, siempre y cuando el hogar cumpla con los pagos de manera estricta.


4. ¿Qué pasa si el hogar incumple con el pago mensual del equivalente al arriendo?

El PIVE promueve un modelo de corresponsabilidad entre el Distrito y los hogares beneficiarios. Si un hogar incumple con la realización de su pago mensual equivalente al arriendo, automáticamente perderá todos los beneficios del Distrito en el programa y la vivienda deberá ser devuelta por el hogar.


5. ¿QUIÉNES PUEDEN ACCEDER?

Hogares residentes en Bogotá que no sean propietarios de vivienda o de otro tipo de inmuebles, que no hayan sido previamente beneficiarios de subsidios de vivienda o de mejoramientos de vivienda en el territorio nacional, que tengan ingresos menores a dos salarios mínimos mensuales y que se encuentren en condición de vulnerabilidad o víctimas del conflicto armado. Adicionalmente no deben tener reportes negativos en centrales de riesgo.



6. ¿Para qué tipo de viviendas aplica el PIVE?

El PIVE sólo puede ser utilizado en viviendas de interés prioritario (VIP) urbanas nuevas ubicadas en Bogotá DC, cuyo valor comercial no sea superior a 70 salarios mínimos mensuales vigentes ($51.640.190).


7. ¿Cómo puedo acceder?

Debe inscribirse en el Sistema de Información del Programa Integral de Vivienda Efectiva – SIPIVE. Este trámite es obligatorio. Las familias que ya estén inscritas en la Secretaria Distrital del Hábitat deben inscribirse nuevamente para actualizar información.


8. ¿Puntos de Atención?

La inscripción o consultas fisicas pueden hacerse en los siguientes lugares:

Punto de atención al ciudadano de la Secretaría Distrital del Hábitat, Carrera 13 No 52-25 Piso 1.


Centros Locales de Atención a Víctimas – CLAV ubicados en:

Suba: Transv. 126 No. 133-32. Barrio La Gaitana. Tel: 3813000 ext 4627.

Kennedy- Patio Bonito: Carrera 87 No. 5B-21 (CADE). Barrio Patio Bonito. Tel: 3813000 ext 4623.

Bosa: Calle 69A Sur No. 92-47. Barrio Metro Vivienda. Tel: 3813000 ext 4628- 4629.

Ciudad Bolívar: Carrera 17F No. 69A-32 Sur. Barrio El Lucero.- Tel: 3813000 ext 4632.

Chapinero: Calle 63 No. 15-58. Tel: 3813000 ext 4624.

Rafael Uribe: Calle 22 Sur No. 17A-99. Barrio Gustavo Restrepo. Tel: 3813000 ext 4620-4621.


*En los CLAV solamente se atienden Victimas.


9. ¿ Que documento necesito?


  • Cédula de ciudadanía de todas las personas mayores de edad que conforman el hogar.

  • Fotocopia del registro civil o tarjeta de identidad de los integrantes del hogar menores de edad.

  • Documentos que acrediten el estado civil de los miembros del núcleo familiar.

  • Documentos legales que acrediten el parentesco y afinidad entre los integrantes del hogar.

  • Documentos legales que acrediten que el representante del hogar tiene la custodia de los menores de edad cuando no sean sus hijos.

  • Documentos que acrediten que uno o más de sus integrantes se encuentran en situación de discapacidad, cuando aplique.

  • Si es víctima del conflicto armado debe presentar Registro Único de Víctimas. En caso de minorías étnicas debe presentar el registro expedido por el Ministerio del Interior.

  • Certificación de estudios aprobados, certificación SISBEN, certificación de afiliación a salud y/o certificación de participación en programas de la Secretaria de Integración Social, Desarrollo Económico o Mujer.

  • Certificación laboral para asalariados y/o declaración juramentada reportando ingresos para independientes.


10. ¿Cómo se asignan lo beneficiarios?

Los beneficiarios serán escogidos de manera transparente mediante un sistema matemático de calificación que dará prioridad a los hogares más vulnerables hasta agotar las viviendas disponibles. El sistema evalúa condiciones socio económicas y condiciones poblacionales diferenciales.


Por ultimo, vale recordar que se debe tener en cuenta que:

  1. No deben tener reportes negativos en centrales de riesgo.

  2. -No hayan sido previamente beneficiarios de subsidios de vivienda o de mejoramientos de vivienda en el territorio nacional.

  3. Tengan ingresos menores a dos salarios mínimos mensuales .

  4. Se encuentren en condición de vulnerabilidad o víctimas del conflicto armado.

  5. Deben estar afiliados al Fondo Nacional del Ahorro por cesantías o por Ahorro Voluntario Contractual (AVC).

  6. Si el hogar se atrasa en el pago del canon de arrendamiento pierde todo los beneficios.


Si desea conocer mas información:



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